Legal Notice AVISO DE DETERMINACIÓN DE AUSENCIA DE IMPACTO SIGNIFICATIVO Y AVISO DE INTENCIÓN DE SOLICITAR LA LIBERACIÓN DE FONDOS 15 de junio de 2026 Andrea Smith Ciudad de Lorain 200 West Erie Ave., 5.º piso Lorain, OH 44052 (440) 204-2020 Estos avisos tienen por objeto cumplir con dos requisitos de procedimiento distintos, aunque relacionados, para las actividades que llevará a cabo la Ciudad de Lorain. SOLICITUD DE LIBERACIÓN DE FONDOS En o alrededor del 1 de julio de 2026 —pero no antes de dicha fecha—, la Ciudad de Lorain y Raise Up (anteriormente conocida como la Autoridad Metropolitana de Vivienda de Lorain) presentarán una solicitud ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. (HUD) para la liberación de fondos, en virtud de la Sección 8(o)(13) de la Ley de Vivienda de los EE. UU. de 1937 (42 U.S.C. 1437f(o)(13)), los cuales se destinarán al siguiente proyecto: Nombre del proyecto: Broadway Commons Promotor sin fines de lucro: CHN Housing Partners Ubicación: Lorain, Condado de Lorain, Ohio Descripción del proyecto: Raise Up se compromete a asignar vales basados en el proyecto para las 62 unidades de Broadway Commons —ubicado aproximadamente en 2115 Broadway, Lorain, OH 44052— una vez finalizada su construcción. El contrato de Pagos de Asistencia para la Vivienda (HAP, por sus siglas en inglés) se formalizará y entrará en vigor tras la aceptación y entrega de las unidades. El contrato tendrá un plazo inicial de veinte (20) años, con renovaciones posteriores cada doce (12) meses. El alquiler previsto es de $940 por unidad al mes, lo que representa un valor total proyectado del contrato de $13,987,200 a lo largo de la vigencia del acuerdo. DETERMINACIÓN DE AUSENCIA DE IMPACTO SIGNIFICATIVO La Ciudad de Lorain y Raise Up han determinado que el proyecto no tendrá un impacto significativo en el entorno humano. Por consiguiente, no se requiere la elaboración de una Declaración de Impacto Ambiental en virtud de la Ley Nacional de Política Ambiental de 1969 (NEPA). La información adicional sobre el proyecto se encuentra en el Expediente de Revisión Ambiental (ERR), el cual está archivado en la Ciudad de Lorain, Departamento de Edificación, Vivienda y Planificación, en 200 West Erie Ave., 5.º piso, Lorain, OH 44052, y puede ser examinado o copiado los días laborables, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. COMENTARIOS DEL PÚBLICO Cualquier individuo, grupo o agencia puede enviar comentarios por escrito sobre el ERR a la Ciudad de Lorain, Departamento de Edificación, Vivienda y Planificación, en 200 West Erie Ave., 5.º piso, Lorain, OH 44052, o a Andrea_Smith@cityoflorain.org. Todos los comentarios recibidos antes del 30 de junio de 2026 serán considerados por la Ciudad de Lorain y por Raise Up antes de autorizar el envío de una solicitud para la liberación de fondos. Los comentarios deben especificar a qué Aviso se refieren. CERTIFICACIÓN AMBIENTAL La Ciudad de Lorain certifica ante el HUD que Jack W. Bradley, en su calidad de Alcalde, consiente en aceptar la jurisdicción de los Tribunales Federales en caso de que se inicie una acción legal para hacer cumplir las responsabilidades relacionadas con el proceso de revisión ambiental, y certifica que dichas responsabilidades han sido cumplidas. La aprobación de esta certificación por parte del HUD satisface las responsabilidades de este organismo en virtud de la NEPA y de las leyes y autoridades relacionadas, y permite a la Ciudad de Lorain y a Raise Up utilizar los fondos del Programa. OBJECIONES A LA LIBERACIÓN DE FONDOS El HUD aceptará objeciones a la liberación de fondos y a la certificación de la Ciudad de Lorain durante un período de quince días a partir de la fecha prevista para el envío de la solicitud o de la fecha en que esta sea recibida efectivamente (la que ocurra más tarde), únicamente si dichas objeciones se fundamentan en alguna de las siguientes bases: (a) que la certificación no haya sido suscrita por el Funcionario Certificador de la Ciudad de Lorain; (b) que la Ciudad de Lorain haya omitido algún paso o no haya emitido una decisión o determinación exigida por las reglamentaciones del HUD establecidas en el Título 24 del CFR, Parte 58; (c) que el beneficiario de la subvención u otros participantes en el proceso de desarrollo hayan comprometido fondos, incurrido en gastos o emprendido actividades no autorizadas por el Título 24 del CFR, Parte 58, con anterioridad a la aprobación de la liberación de fondos por parte del HUD; o (d) otra agencia federal, actuando de conformidad con la Parte 1504 del Título 40 del CFR, ha presentado una determinación por escrito de que el proyecto resulta insatisfactorio desde el punto de vista de la calidad ambiental. Las objeciones deben prepararse y presentarse de acuerdo con los procedimientos requeridos (Parte 58 del Título 24 del CFR, Sec. 58.76) y deberán dirigirse al Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU., Oficina de Planificación y Desarrollo Comunitario, a la dirección CPDColumbusRROF@hud.gov, o a la Oficina de Vivienda Pública y para Indígenas, Oficina de Cleveland, a la dirección ClevelandPublicHousing@hud.gov. Los posibles objetores deben comunicarse con el HUD para verificar la fecha exacta del último día del período de objeción. Jack W. Bradley, Alcalde 2816444/June 15, 2026
